La Guardia Civil de Teruel intercepta al conductor de un vehículo articulado que circuló más de 35 kilómetros por la autovía A-23 de forma temeraria
- El conductor arrojó una tasa de alcohol seis veces superior al límite establecido
- En la mañana del día 21 del actual, tras recibirse varios avisos telefónicos de ciudadanos que circulaban por la autovía A-23 sentido Valencia informando de la conducción anómala de un camión, que lo hacía en zig-zag, golpeando las barreras de protección de ambos carriles y modificando bruscamente la velocidad, por agentes de la Guardia Civil del Destacamento de Tráfico de Monreal del Campo (Teruel) se intenta dar el alto al vehículo, haciendo su conductor caso omiso a las señales de los agentes, mientras continuaba circulando de forma temeraria.
- Finalmente, apoyados por agentes de seguridad ciudadana pudieron interceptar al vehículo a la altura del km 149, sentido Sagunto, término municipal de Torrelacárcel (Teruel), tras recorrer más de 35 kilómetros.
El conductor del vehículo interceptado, de nacionalidad polaca y 49 años de edad, arrojó un resultado positivo en las pruebas de alcoholemia, tasas de 0,90 y 0,97 mg/l de alcohol en aire espirado, presentando evidencias externas significativas de intoxicación etílica. Además, a falta de confirmación por el laboratorio homologado, también arrojó un resultado positivo en presencia de drogas en el organismo.
Por parte de la Unidad de Investigación de Seguridad Vial (UNIS) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Teruel se instruyeron las correspondientes diligencias judiciales que fueron remitidas al Juzgado de Instrucción núm. 3 de Teruel por dos presuntos delitos contra la seguridad vial, tipificados en los art. 379 y 380 del Código Penal, por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y conducir con temeridad manifiesta y poner en grave peligro la integridad física del resto de personas usuarias de la vía.
También se le investiga por un supuesto delito de desobediencia grave a la autoridad, tipificado en el art. 556 del código penal.
Por los delitos cometidos contra la seguridad colectiva, el citado conductor se podría enfrentar a una pena de prisión de seis meses a dos años y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años, así mismo, por el delito de desobediencia grave podría ser condenado a una pena de prisión de tres meses a un año o multa de 6 a 18 meses.